¿Qué es el arraigo extraordinario?

Si llevas un tiempo viviendo en España sin permiso de residencia ni de trabajo, el arraigo extraordinario es la vía legal que el Gobierno ha habilitado para que puedas regularizar tu situación. Su base legal está en el Reglamento de Extranjería y es una medida temporal con plazo de solicitud hasta el 30 de junio de 2026.

A diferencia del arraigo social ordinario —que requiere 3 años de estancia— esta vía especial tiene condiciones más accesibles.

Requisitos: ¿cumples el perfil?

Cómo demostrar que llevas el tiempo necesario

No basta con afirmarlo — hay que probarlo con documentación. Estos son los medios de prueba más habituales:

Certificado de empadronamiento
Historial médico / tarjeta sanitaria
Contratos de trabajo o nóminas
Facturas de luz, agua o teléfono
Extractos bancarios con movimientos en España
Envío de remesas desde España
Escolarización de hijos en España
Comunicaciones oficiales (multas, cartas del ayuntamiento)
💡 Sin documentación suficiente

Si no dispones de estos documentos, existen entidades y ONGs que pueden emitir un informe de vulnerabilidad que también es válido como prueba de estancia.

Las tres vías del arraigo extraordinario

Según tu situación personal, puedes acceder por una de estas tres puertas:

💼
Vía Trabajo
Si has trabajado en España (con o sin contrato), tienes oferta de empleo, o quieres darte de alta como autónomo.
👨‍👩‍👧
Vía Familia
Si convives en España con hijos menores, personas mayores dependientes, con discapacidad, o con tus padres.
🤝
Vía Vulnerabilidad
Si estás en situación de vulnerabilidad acreditada por servicios sociales o una ONG reconocida.

El proceso paso a paso

  1. 01
    Reunir la documentación

    Pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales de tu país de origen, y todas las pruebas que acrediten tu estancia en España.

  2. 02
    Acreditar tu vía de acceso

    Según la vía que te corresponda: oferta de trabajo, documentación familiar o informe de vulnerabilidad.

  3. 03
    Pagar la tasa administrativa

    Hay una pequeña tasa que debe abonarse al presentar la solicitud.

  4. 04
    Presentar la solicitud

    En las Oficinas de Extranjería, en Correos, en la Seguridad Social o de forma telemática. También existen entidades que ayudan a presentarla.

  5. 05
    Habilitación provisional para trabajar

    Desde el momento en que presentas la solicitud ya puedes trabajar legalmente mientras se resuelve tu expediente.

  6. 06
    Resolución y TIE

    La administración tiene 3 meses para resolver. Si no hay respuesta, se entiende denegada (silencio administrativo negativo). Si te la conceden, solicitas tu Tarjeta de Identidad de Extranjero.

¿Y si no cumplo algún requisito?

📅 Entraste después del 31/12/2025

No puedes acceder al arraigo extraordinario, pero sí al arraigo social ordinario cuando cumplas 3 años de estancia en España.

👨‍👩‍👧 Tienes un familiar español

Si tienes un hijo, cónyuge o padre/madre con nacionalidad española, puede que el arraigo familiar sea más favorable. Un abogado puede analizar cuál de las dos vías te conviene más.

¿Necesitas ayuda con tu solicitud de arraigo?

Analizamos tu caso, te decimos qué vía te corresponde y gestionamos toda la documentación. Queda muy poco tiempo — actúa ahora.